Queja del cliente con fecha del 17 de noviembre de 2015

Asunto de queja

El Sr. XXX presentó su queja ante la Comisión Financiera por los siguientes motivos:

El incidente ocurrió el 6 de noviembre de 2015 durante la publicación del informe sobre empleo no agrícola en EE. UU. Antes del incidente, el saldo de la cuenta del cliente era de 13501 80000 RUR. El cliente tenía varias posiciones abiertas en EURUSD, con un volumen total de posiciones cortas en EURUSD de XNUMX XNUMX unidades de la divisa base. Justo antes de la publicación del informe, el cliente colocó tres órdenes pendientes de venta stop adicionales:

146331265 06.11.2015 vender 0.20 EURUSD 1.08500 (no se ejecutó por falta de fondos)

146330490 06.11.2015 venta 1.50 EURUSD 1.08300 (orden ejecutada)

                       06.11.2015 venta 1.50 EURUSD 1.08000 (orden no ejecutada)

A las 13:30 GMT se registró un período de mayor volatilidad en el mercado debido a la publicación de los datos de desempleo en Estados Unidos. Al momento de la publicación del informe, se había producido una diferencia de precios de más de 10 puntos en el EUR/USD.

El cliente alega que el bróker incumplió el procedimiento de apertura de órdenes pendientes atrapadas en el gap de precios, lo que a su vez provocó un déficit de margen y la posterior liquidación de sus posiciones mediante Stop Out. El cliente considera que la orden pendiente n.° 146331265 debería haberse ejecutado primero, en lugar de la n.° 146330490, y explica que, de haberse ejecutado correctamente, la n.° 146330490 se habría cancelado por falta de fondos.

El cliente considera las acciones del corredor como mala conducta y exige una compensación (al menos se le debe devolver el depósito perdido).

Querellante Broker
XXX YYY
Queja ante la Comisión Financiera #ZZZ
Fecha de presentación de la queja Fecha de presentación de la queja
11/17/2015 12/04/2015
Respuesta a la queja

La decisión sobre esta queja se basa en la información proporcionada por el Sr. XXX y el Broker YYY. En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la reacción antes mencionada del mercado ante la publicación de datos macroeconómicos importantes en los EE. UU. no es rara y a menudo conduce al aumento de la volatilidad, la disminución a corto plazo de la liquidez y, en consecuencia, a brechas de precios y un mayor tamaño del diferencial en el instrumento.

En segundo lugar, cabe mencionar que las órdenes de compra/venta stop, por su naturaleza, no garantizan su ejecución al precio exacto especificado. Dependiendo de la situación del mercado, estas órdenes pueden ejecutarse al precio exacto especificado o a un precio inferior al indicado. Las órdenes pendientes de compra/venta stop se activan en cuanto al menos una cotización del feed de precios del bróker alcanza el precio especificado por el cliente. Tras la activación, la orden pendiente debe ejecutarse a la primera cotización disponible en el feed de precios del bróker. En este caso, las órdenes del cliente n.° 146331265 y n.° 146330490 se encontraron en un gap de precios y se activaron simultáneamente en el servidor del bróker. Este hecho fue confirmado por los registros del servidor proporcionados por el bróker.

En tercer lugar, el bróker no regula el procedimiento de ejecución de órdenes en el diferencial de precios. A modo de comparación, en un mercado interbancario real, en una situación similar a la mencionada, es más probable que la orden de mayor volumen se ejecute primero, ya que esto se corresponde con la lógica del mercado. La tecnología de ejecución de órdenes/transacciones está estructurada de tal manera que las órdenes/transacciones de mayor volumen se ejecutan primero y solo después las órdenes/transacciones de menor volumen se ejecutan a los precios que se mantuvieron.

Tal práctica de ejecución de órdenes pendientes no contradice la respuesta oficial del Broker YYY recibida por el Cliente.

Con base en la información anterior, el Comité de Resolución de Disputas no encuentra ninguna violación por parte del corredor, por lo que no hay motivos para la queja del Cliente.

Esta queja fue examinada por los miembros del Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera y fue procesada por el jefe del Comité, Anatoly Bulanov.

Falló a favor compensación
Broker Ninguna
Si tiene alguna pregunta relacionada con esta investigación, envíela a la siguiente dirección: info@financialcommission.org
Agradecimiento
Certifico que el Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera consideró toda la información y confirmo que la decisión se tomó de forma justa, imparcial y sin interferencias. Confío en la veracidad de la información proporcionada en el documento.
Firma Ingrese su tratamiento actual Fecha

Jefe de la República Democrática del Congo

12/04/2015

 

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