Asunto de queja
El Sr. XXX presentó su queja ante la Comisión Financiera por los siguientes motivos:
El cliente afirma que el Broker (Compañía) ha realizado una eliminación/restauración de una serie de transacciones EURRUB cerradas en su cuenta de acuerdo con el párrafo 9.9 y 9.22 de los «Términos Comerciales» con una formulación “cotizaciones no comerciales”.
En opinión del cliente, la Compañía está tratando de presentar estas cotizaciones como un fallo técnico en violación del párrafo 16.1 b del “Acuerdo del Cliente”, es decir, cambiando las condiciones comerciales de manera retroactiva cuando el beneficio de estos términos se registró en la cuenta del cliente.
El cliente admite que la Compañía ofrece condiciones comerciales más ventajosas que los competidores, lo que le permitió obtener ganancias en un mercado de alta volatilidad, sin embargo, cree que no se produjeron fallas técnicas ni cotizaciones fuera de mercado durante el período del informe.
En su propia defensa el cliente aporta los siguientes argumentos:
1. El caso no se encuentra dentro de la última condición del párrafo 10.1 de las «Condiciones Comerciales» a las que hace referencia la Compañía. Según el párrafo 10.1 de las «Condiciones Comerciales», las cotizaciones fuera de mercado o picos de precio son cotizaciones erróneas con las siguientes características:
a) una diferencia significativa de precios;
b) un repunte de precios en un corto período de tiempo dentro de una brecha de precios;
c) ninguna fluctuación rápida previa de precios antes del pico;
d) no se publiquen indicadores macroeconómicos y/o informes corporativos que puedan influir en el precio.
2. En opinión del cliente, un ejemplo de cotizaciones no comerciales proporcionado por la Compañía en su sitio web no tiene nada que ver con las cotizaciones del EURRUB en el período del informe.
3. El cliente ha proporcionado capturas de pantalla de los gráficos de ticks del par de divisas EURRUB de otras compañías donde se registraron cotizaciones de alta volatilidad.
En consecuencia, el cliente exige la restauración del historial comercial antes del cierre del mercado el día 7 de noviembre de 2014 o un reembolso monetario por un monto de 4742.62 USD sin restauración del historial comercial.
| Querellante | Broker | |||
| XXX | YYY | |||
| Queja ante la Comisión Financiera | #ZZZ | |||
| Fecha de presentación de la queja | Fecha de presentación de la queja | |||
| 15/11/2014 | 1/12/2014 | |||
| Respuesta a la queja:
La decisión sobre esta reclamación se basa en la información proporcionada por el Sr. XXX y el corredor YYY y en el análisis de la situación del mercado del instrumento EURRUB en el período de tiempo determinado. 1) Durante el período reportado, el rublo ruso se mostró muy inestable; el mercado experimentó una mayor volatilidad y baja liquidez. En tales casos, cualquier noticia o actividad del Banco Central o de cualquier otro participante importante del mercado podría provocar fuertes fluctuaciones en el precio. 2) El cliente no modificó su estrategia de trading durante el período reportado ni intentó engañar a la Compañía. Según el informe de la Compañía, el cliente nunca mostró un comportamiento agresivo ni modificó su estrategia de trading en circunstancias similares. 3) La Compañía no debe modificar las condiciones comerciales retroactivamente y debe considerar las posibles fluctuaciones en los tipos de cambio de los instrumentos en rublos. El cierre de operaciones rentables en períodos de baja liquidez no constituye motivo para rechazar un pago del cliente. 4) La Compañía cuenta con suficientes herramientas para limitar sus riesgos al operar en horas de baja liquidez, especialmente con instrumentos que suelen ser poco líquidos. En particular, establecer un conjunto específico de normas para dichos instrumentos. Con base en la información anterior, el Comité de Resolución de Disputas considera razonable la queja del cliente y cree que la Compañía debe satisfacerla. Esta queja fue revisada por los miembros del Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera y fue tramitada por el Jefe del Comité. |
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| Falló a favor | compensación | |||
| Cliente | $4742.62 | |||
| Si tiene alguna pregunta relacionada con esta investigación, envíela a la siguiente dirección: info@financialcommission.org | ||||
| Agradecimiento | ||||
| Certifico que el Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera consideró toda la información y confirmo que la decisión se tomó de forma justa, imparcial y sin interferencias. Confío en la veracidad de la información proporcionada en el documento. | ||||
| Firma | Ingrese su tratamiento actual | Fecha | ||
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Jefe de la República Democrática del Congo |
1/12/2014 | |||

