Queja del cliente con fecha 28 de enero de 2021

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Asunto de queja

El Sr. XXX presentó su queja ante la Comisión Financiera por los motivos siguientes:

El Cliente utilizó la cuenta # XXX (USD) para operaciones activas con criptomonedas.

El Cliente utilizó la cuenta n.° 8809629 (USD) para operaciones activas con instrumentos del mercado Forex y CFD. Según el Cliente, la cuenta especificada se registró el 13 de octubre de 2020 y se depositó un total de 7990.43 USD el 21 de diciembre de 2020. Ese mismo día, el bróker abonó 1598 USD en fondos de bonificación en su cuenta. 

El día del incidente, el Cliente había establecido 21 posiciones cortas en el instrumento financiero USOIL, con un volumen total de 538 lotes. El incidente en la cuenta del Cliente ocurrió el 4 de enero de 2021 a las 12:31:34 (hora del servidor). A la hora indicada, el bróker dedujo todas las comisiones nocturnas obtenidas de las posiciones USOIL establecidas por el Cliente. Como resultado, esta circunstancia provocó el débito de los fondos de bonificación de la cuenta del Cliente, así como la liquidación forzosa de sus posiciones n.° 56617870, 56617871, 56617872, 56618848, 56618862, 56623804, 56623805, 56623832, 56623833, 56623834 y 56691961 debido a un déficit de margen (Stop Out). Las pérdidas del Cliente a causa del incidente ascendieron a 6135.30 USD. Asimismo, cabe destacar que, poco después del incidente, el Cliente cubrió manualmente el resto de sus posiciones en USOIL, a precios de mercado, con pérdidas adicionales por valor de 1006 USD. 

El Cliente no está de acuerdo con la decisión del Broker (ver a continuación), acusa al Broker de mala conducta y Solicita al Comité de Resolución de Disputas que verifique la legitimidad de las acciones del Corredor durante y después del incidente. El Cliente considera que una solución justa a la disputa debería ser la compensación por las pérdidas financieras sufridas por el incidente (7000 USD) por parte del Corredor. El Cliente proporcionó a la investigación la captura de pantalla de la plataforma del Corredor, así como la captura de pantalla del chat en vivo, como prueba documental.

Por su parte, el bróker no encuentra fundamento para la queja del cliente, ya que, en su opinión, todas sus posiciones se cerraron correctamente, a precios de mercado reales y de acuerdo con las disposiciones de los documentos regulatorios y las normas de negociación establecidas por la compañía. El bróker proporcionó a la investigación el historial de operaciones del cliente, los registros del servidor, los términos y condiciones de la promoción de bonificación, así como la respuesta oficial al cliente sobre esta reclamación, como prueba documental. 

Querellante Broker
XXX YYY
Queja ante la Comisión Financiera #ZZZ
Fecha de presentación de la queja Fecha de presentación de la queja
17/01/2020 28/01/2021
Respuesta a la queja:

La decisión sobre esta reclamación se basa en la información proporcionada por la empresa de corretaje y el Cliente.

Luego de un análisis exhaustivo de la evidencia documental aportada por el Cliente y el Broker, el Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera ha llegado a las siguientes conclusiones:

1. Según la información recibida del corredor, se ha producido un incidente de swap en las posiciones de USOIL que se cobraron incorrectamente a sus clientes a partir del 23 de diciembre de 2020. El corredor envió una comunicación a los clientes el 4 de enero de 2021, antes de los ajustes, para informar a los clientes afectados que se está investigando y que se realizarán ajustes en breve. Ese mismo día, se realizaron los ajustes y se envió una comunicación para informar a los clientes afectados. A este respecto, el Broker afirma que actuó en pleno cumplimiento de lo dispuesto en los documentos regulatorios y se remite a las cláusulas pertinentes de su Acuerdo de Cliente:

2.5 CARGOS Y CRÉDITO A SU CUENTA

...

(c) Si descubrimos que hemos cometido un error con respecto a cualquier cálculo de honorarios, rectificaremos ese error.

mediante notificación por escrito dentro de los 28 días. 

...

3.5 ERRORES EN LOS PRECIOS

Ocasionalmente, pueden producirse errores en los precios. En estas circunstancias, podremos ajustar cualquier elemento de su Posición. Consulte la sección 3.7 del Declaración de divulgación del producto para obtener más información sobre la base sobre la cual podemos hacer esto. 

...

12.1 EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD

En la medida máxima permitida por la ley, no seremos responsables de: 

  1. f) cualquier Error que pudiera ocurrir; 
  2. h) cualquier error o inexactitud, o falta de idoneidad u omisión del Acuerdo, o cualquier otra información proporcionada por nosotros, ya sea por negligencia o de otro modo; 
  3. i) cualquier Pérdida o Reclamo sufrido o incurrido por usted con respecto a nuestra Plataforma de Negociación, incluso debido a la falta de disponibilidad de la Plataforma de Negociación o de la Plataforma de Negociación, errores del sistema y de los datos, demoras, inexactitudes, errores u omisiones en los datos que se le proporcionaron, software o virus informáticos o el uso no autorizado de la Plataforma de Negociación en cualquier momento;

2. Asimismo, el Corredor afirma que el Cliente recibió su Bono de Crédito con la condición de que el saldo de su cuenta no sea inferior al saldo acreedor; de lo contrario, el Bono de Crédito será eliminado, según lo estipulado en la cláusula 16 de los Términos y Condiciones de la Promoción de Bono.

  1. Si el saldo de su capital en cuenta cae por debajo del saldo de crédito, se eliminará el crédito comercial y se cerrarán sus operaciones abiertas. 

El corredor afirma que el ajuste del swap realizado en la cuenta del cliente redujo el capital de esta y provocó la eliminación de la bonificación de crédito. Esto también se debió en parte a un aumento del precio del USOIL durante la noche, de 48.351 a 48.941, lo que incrementó las pérdidas del cliente.

3. Cabe señalar que las condiciones de negociación para la cuenta del Cliente sugieren un spread flotante y un Stop Out del 20%. Esta información está claramente definida en los documentos regulatorios del Bróker (ver Programación de productosAl abrir una cuenta de trading del tipo seleccionado, el Cliente aceptó las condiciones de trading proporcionadas por la Compañía. Según el bróker, en el momento del incidente, la relación capital/margen de la cuenta del Cliente cayó por debajo del nivel crítico del 20%. Por lo tanto, debido a la insuficiencia de margen, las posiciones del Cliente 56617870, 56617871, 56617872, 56618848, 56618862, 56623804, 56623805, 56623832, 56623833, 56623834 y 56691961 se cerraron automáticamente a los precios de mercado (Stop Out). Este hecho se confirma mediante los registros del servidor proporcionados por el bróker.  

4. Es evidente que, desde un punto de vista legal, el bróker actuó en total cumplimiento de las disposiciones de sus documentos regulatorios. Sin embargo, cabe señalar que, desde una perspectiva operativa, no parece que el bróker actuara de forma muy profesional. El bróker cometió el error y, tras dos semanas, corrigió el error de forma oportunista, sin dar explicaciones al cliente ni ofrecerle la oportunidad de depositar fondos adicionales o reducir su posición.

5. Financial Commission está comprometida con las mejores prácticas comerciales aceptadas en toda la industria que asumen que, si hay algún problema causado por el broker, habrá un impacto mínimo en el cliente y se proporcionarán algunas soluciones de manera rápida para mitigar los efectos negativos del mismo en las posiciones del cliente.

En resumen, el Comité de Resolución de Disputas ha dictado una sentencia favorable al Cliente. En opinión general, los miembros del DRC consideran que el Corredor debería asumir las pérdidas derivadas de sus errores, comunicarse con mayor claridad y tomar las medidas necesarias para evitar que se repitan situaciones similares en las cuentas de sus clientes en el futuro. Por consiguiente, el Corredor debe satisfacer plenamente la reclamación del Cliente de una compensación por las pérdidas sufridas a raíz del incidente de 7000 USD.

Esta queja fue revisada por los miembros del Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera y fue tramitada por el Jefe del Comité.  

Falló a favor Compensación
Cliente 7000 USD
Si tiene alguna pregunta respecto a esta investigación, por favor envíela a la siguiente dirección [email protected]
Aceptación
Certifico que el Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera consideró toda la información y confirmo que la decisión se tomó de forma justa, imparcial y sin interferencias. Confío en la veracidad de la información proporcionada en el documento.
Firma Ingrese su tratamiento actual Fecha
 Anatoli Bulanov

Jefe de la República Democrática del Congo

 5/03/2021
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