Asunto de queja
El Sr. XXX ha presentado esta queja ante la Comisión Financiera por los motivos siguientes:
El Cliente utilizaba la cuenta n.° XXX (USD) para operar con instrumentos financieros del mercado de divisas. Antes del incidente, el Cliente tenía abiertas varias posiciones (largas y cortas) con diferentes instrumentos financieros en la cuenta especificada.
Así, en el momento del incidente:
- El volumen total de posiciones largas en el instrumento financiero XAUUSD fue igual a 0.49 lotes;
- El volumen total de posiciones cortas en el instrumento financiero XAUUSD fue igual a 0.49 lotes;
- El volumen de la posición corta agregada en el instrumento financiero XAUUSD fue igual a 0 lotes.
- El volumen total de posiciones largas en el instrumento financiero GBPUSD fue igual a 0.63 lotes;
- El volumen total de posiciones cortas en el instrumento financiero GBPUSD fue igual a 0.63 lotes;
- El volumen de la posición corta agregada en el instrumento financiero GBPUSD fue igual a 0 lotes.
- El volumen total de posiciones largas en el instrumento financiero EURUSD fue igual a 0.67 lotes;
- El volumen total de posiciones cortas en el instrumento financiero EURUSD fue igual a 0.67 lotes;
- El volumen de la posición corta agregada en el instrumento financiero EURUSD fue igual a 0 lotes.
- El volumen total de posiciones largas en el instrumento financiero GBPCHF fue igual a 0.63 lotes;
- El volumen total de posiciones cortas en el instrumento financiero GBPCHF fue igual a 0.63 lotes;
- El volumen de la posición corta agregada en el instrumento financiero GBPCHF fue igual a 0 lotes.
El incidente en la cuenta del Cliente ocurrió el 4 de diciembre de 2023 a la 01:39 (hora del servidor, UTC+2). A la hora indicada, debido a la ampliación del spread en el instrumento financiero XAUUSD, tras el breve aumento de la volatilidad del mercado, la relación capital/margen de la cuenta del Cliente cayó por debajo del nivel crítico. Por lo tanto, el Broker liquidó las posiciones en disputa del Cliente ## 49586486, 49596596, 49596622, 46155870, 48886713, 49259052, 49664998, 49674113, 48886673, 49021139, 49044482, 49175857, 49175865, 49258891, 49693280, 49664695, 49664989, 49693254, 49699199, 49610305, 49696990, 49697606 debido a la falta de margen (Stop Out). Como resultado de la liquidación forzosa, el monto total de las pérdidas financieras del Cliente fue de 16661.72 USD.
El Cliente no está satisfecho con la decisión del Broker (ver abajo), lo acusa de mala conducta y lo culpa por las pérdidas financieras causadas por el incidente. El Cliente alega que durante el incidente, el Broker actuó injustamente al liquidar posiciones totalmente cubiertas en su cuenta, donde antes del incidente había 800 USD de margen libre. En este sentido, el Cliente solicita al Comité de Resolución de Disputas que verifique la corrección de las acciones del Broker durante el incidente, así como la correcta ejecución de las transacciones en disputa. El Cliente considera que una decisión justa en la disputa sería una compensación monetaria del Broker por el monto de las pérdidas financieras causadas por el incidente. El Cliente proporcionó a la investigación capturas de pantalla que muestran el historial de transacciones realizadas en la cuenta de trading # XXX durante el incidente y la respuesta oficial del Broker a esta queja, como prueba documental.
Por su parte, el bróker no encuentra fundamento para la queja del cliente, ya que, en su opinión, todas las posiciones del cliente se cerraron correctamente, a los precios reales del mercado y en total cumplimiento de las disposiciones de sus documentos regulatorios y las normas de negociación establecidas por la compañía. El bróker proporcionó a la investigación el historial de operaciones realizadas por el cliente, los registros del servidor durante el incidente, así como la carta formal del LP sobre las condiciones anormales del mercado durante el incidente, como prueba documental.
| Querellante | Broker | |||
| XXX | YYY | |||
| Queja ante la Comisión Financiera | #ZZZ | |||
| Fecha de presentación de la queja | Fecha de presentación de la queja | |||
| 07/12/2023 | 17/12/2023 | |||
| Respuesta a la queja:
La decisión sobre esta reclamación se basa en la información proporcionada por la empresa de corretaje y el Cliente. Luego de un análisis exhaustivo de la evidencia documental aportada por el Cliente y el Broker, el Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera ha llegado a las siguientes conclusiones:
14.2. El Cliente deberá pagar el Margen Inicial y/o el Margen de Cobertura al abrir una posición. El importe del Margen Inicial y del Margen de Cobertura para cada Instrumento se define en las Especificaciones del Contrato. ... 14.6. XXXXXX tiene derecho a cerrar las posiciones abiertas del Cliente sin el consentimiento del Cliente o cualquier notificación escrita previa si el capital es inferior a una determinada tasa dependiendo del tipo de cuenta según lo estipulado en el sitio web.
Resumiendo todo lo anterior y considerando las condiciones anormales del mercado durante el incidente, los expertos del DRC emitieron una decisión a favor del corredor. En opinión general de los miembros del DRC, en el momento del incidente, el corredor actuó en pleno cumplimiento de las disposiciones de sus documentos regulatorios y las normas de negociación establecidas por la Compañía. Los expertos del DRC consideraron que la ejecución de las órdenes en disputa fue correcta y legítima, ya que las cotizaciones de los instrumentos financieros publicados por el corredor se ajustaban a precios de mercado aceptables. En consecuencia, los miembros del Comité consideraron infundada la reclamación del cliente por una compensación por pérdidas de 16661.72 XNUMX USD. Esta queja fue revisada por los miembros del Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera y fue tramitada por el Jefe del Comité. |
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| Falló a favor | Compensación | |||
| Broker | Ninguna | |||
| Si tiene alguna pregunta respecto a esta investigación, por favor envíela a la siguiente dirección [email protected] | ||||
| Agradecimiento | ||||
| Certifico que el Comité de Resolución de Disputas de la Comisión Financiera consideró toda la información y confirmo que la decisión se tomó de forma justa, imparcial y sin interferencias. Confío en la veracidad de la información proporcionada en el documento. | ||||
| Firma | Ingrese su tratamiento actual | Fecha | ||
| Anatoli Bulanov |
Jefe de la República Democrática del Congo |
25/12/2023 | ||

