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La Comisión Financiera se creó como un comité independiente neutral encargado de revisar y resolver las quejas de forma justa, con el fin de facilitar una resolución más sencilla y rápida que la que ofrecen los reguladores del sector y el sistema legal. Además, la Comisión también ofrece protección adicional a los operadores a través de su Fondo de Compensación.
¿Cómo funciona?
El Fondo de Compensación es un fondo que actúa como una póliza de seguro para los clientes de los miembros, pero solo se utiliza si un miembro se niega a adherirse a una sentencia de la Comisión Financiera o si un miembro es eliminado de la Comisión Financiera sin pagar en virtud de una sentencia que se le dictó en su contra.
¿Cómo se financia el Fondo de Compensación?
El Fondo de Compensación es financiado por la Comisión Financiera mediante la asignación del 10% de las cuotas mensuales de los miembros al fondo. que se mantienen en una cuenta bancaria separada y no pueden utilizarse para financiar operaciones u otras actividades de la organización.
¿Quién está cubierto?
Es muy importante entender que el fondo solo se utilizará para una sentencia emitida por la Comisión Financiera. El fondo no cubre las posibles pérdidas que sufran los operadores al realizar operaciones autodirigidas ni cubre a toda la cartera de clientes de un corredor miembro en caso de insolvencia.
¿Cuál es la cobertura máxima?
El Fondo de Compensación sólo cubrirá sentencias de hasta 20,000 € por cliente de un Miembro
La Comisión Financiera distribuirá la compensación al reclamante dentro de los 90 días siguientes a su decisión sobre el cambio de estatus. Durante este periodo, la Comisión aplicará todas las medidas posibles para que el Miembro pague directamente al reclamante y verificará su información personal.
En caso de escasez de fondos debido a la cantidad de casos insatisfechos por parte del distribuidor miembro, el saldo actual del fondo se distribuirá equitativamente entre todos los reclamantes.
El Fondo de Compensación no se puede utilizar en reclamaciones relacionadas con el comercio de cuentas de gestión, el comercio de productos financieros sintéticos no comerciales o mercados de divisas digitales como se describe en la cláusula 16 del Reglas y Pautas de la Comisión Financiera

