Preguntas frecuentes de los clientes

La Comisión Financiera es una organización externa de resolución de disputas (EDR) para consumidores/comerciantes que no pueden resolver disputas con proveedores de servicios financieros que son miembros de la Comisión Financiera.

La Comisión Financiera se propuso proporcionar un nuevo enfoque para que tanto los comerciantes como los corredores resuelvan cualquier problema que surja durante el transcurso de las operaciones en el mercado Forex.

La Comisión Financiera atiende una amplia variedad de disputas de todos los valores monetarios. Damos voz a los operadores para que sientan un trato justo y brindamos a los corredores un medio para responder a cualquier queja que se haya presentado injustamente en su contra.

La Comisión Financiera no es un organismo regulador ni pretende serlo. Es un organismo independiente de resolución alternativa de disputas, creado exclusivamente para resolver amistosamente disputas entre operadores y corredores de forma transparente y eficiente.

Los comerciantes deben consultar nuestra Consulte a su corredor directorio para conocer el estado de su corredor o buscar reguladores financieros para verificar el estado actual de la licencia de su corredor en cualquier país en particular.

La Comisión Financiera no puede resolver disputas en relación con presuntas violaciones contra miembros corredores que estén fuera del ámbito de competencia de la organización. Reglas y pautas, que rigen específicamente la investigación y resolución de disputas contra miembros corredores cuyo estatus de membresía se mantiene vigente.

La Comisión Financiera fue creada para ser un comité neutral de terceros encargado de revisar y resolver de manera justa las quejas en un esfuerzo por facilitar una resolución más simple y rápida que a través de los reguladores de la industria y el sistema legal.

Cuando la Comisión Financiera recibe una queja, el primer paso es asegurarse de que el reclamante se haya acercado al miembro para intentar resolverla a través del proceso de resolución de disputas internas del miembro.

Las reglas de la Comisión Financiera establecen que cada miembro debe tener una persona de contacto para quejas y un Procedimiento de Resolución de Disputas Internas (IDR) establecido.

Los Procedimientos de IDR exigen que se dé una respuesta sustancial a una queja lo antes posible, pero debe hacerse en un plazo de 10 días hábiles. Una respuesta sustancial deberá incluir:

  • Reconociendo la queja del cliente y
  • Cuando corresponda, ofrecer una compensación, o
  • Rechazar la queja, justificando la decisión.

Si el cliente ha pasado por su procedimiento IDR y no está satisfecho con el resultado, tiene derecho a presentar una queja formal ante la Comisión Financiera.

No. Solo aceptamos quejas de comerciantes de nuestros corredores miembros que tengan una membresía al día al momento de presentar la disputa.

Si solicita asistencia con una disputa contra un corredor que ya no es miembro de la Comisión Financiera, ha sido expulsado o está en revisión con nuestra organización, no podemos ayudarle y le recomendamos que se ponga en contacto con las autoridades reguladoras financieras pertinentes en su país de residencia. Para encontrar un regulador, utilice nuestra herramienta de búsqueda.

Si dichas autoridades requieren nuestra asistencia para gestionar su consulta, dichas autoridades reguladoras deberán enviarnos una solicitud oficial para nuestra consideración.

Se presenta una queja ante el DRC. El DRC verificará que se hayan seguido los procedimientos adecuados y que el cliente haya intentado mediar la queja con el miembro primero. Si el miembro y el cliente no llegan a un acuerdo, la queja se presentará ante el DRC.

La DRC recopilará información tanto del miembro como del cliente para escuchar su justificación de por qué considera que la resolución debería ser a su favor.

Una vez que el DRC haya recopilado información de ambos lados, revisará la información proporcionada y, si necesita información adicional, se comunicará con el miembro o cliente para realizar preguntas de seguimiento.

Tras la revisión completa, el DRC emitirá una decisión. Esta decisión incluirá una descripción de la queja, una explicación detallada de las conclusiones del DRC, así como una decisión final y una resolución de la queja.

El proceso de toma de decisiones y la administración de la DRC son independientes de sus miembros y de los sectores de la industria que caen dentro de su jurisdicción y que proporcionan su financiamiento.

La República Democrática del Congo es:

  • Es totalmente responsable del manejo y determinación de las Quejas; y
  • Son responsables únicamente ante la Junta de la Comisión Financiera.

La Junta de la Comisión Financiera es responsable de supervisar las operaciones de la DRC, de garantizar la toma de decisiones independiente sobre todas las quejas y de preservar la integridad e independencia de la Comisión Financiera y de los procesos de resolución de disputas.

Para garantizar que la Comisión Financiera sea y siga siendo independiente de cualquier conflicto de intereses, el Consejo estará compuesto por:

  • Un Presidente independiente; y
  • No hay corredores miembros de la RDC

La Comisión Financiera y la DRC no están empleadas por ninguna agencia de corretaje financiero ni afiliadas a ninguna agencia reguladora en ninguna jurisdicción.

Puedes utilizar nuestra herramienta de Consulte a su corredor Consulte el directorio para conocer la situación de su corredor, así como sus datos de contacto e información regulatoria. Puede obtener más información contactando directamente con el corredor o con el organismo regulador correspondiente en el país donde se constituyó la empresa.

La Comisión Financiera Reglas y pautas Prohibir a la organización compartir información sobre las operaciones comerciales o los servicios de sus miembros actuales o anteriores. No obstante, la Comisión Financiera considerará las solicitudes de las autoridades reguladoras y policiales con respecto a la información sobre sus miembros cuando corresponda.

Las quejas y decisiones se comunicarán al miembro y al demandante. Estas no se publicarán a menos que el miembro incumpla la sentencia.

Nota: La comisión puede publicar de vez en cuando quejas anónimas aleatorias con fines educativos y comparativos, eliminando cualquier información de identificación personal.

La Comisión Financiera atenderá quejas de cualquier valor monetario. Cualquier queja por un valor inferior a $250 será atendida por un miembro de la Comisión de Responsabilidad Fiscal (CRD). Cualquier queja por un valor superior a $1 será atendida por un mínimo de tres miembros de la CRD.

El Fondo de Compensación es un fondo que actúa como una póliza de seguro para los clientes de los miembros, pero solo se utiliza si un miembro se niega a cumplir una sentencia de la Comisión Financiera.

Es muy importante entender que el fondo solo se utilizará para una sentencia emitida por la Comisión Financiera. El fondo no cubre las posibles pérdidas que sufran los operadores al realizar operaciones autodirigidas ni cubre a toda la cartera de clientes de un corredor miembro en caso de insolvencia.

Además, el Fondo de Compensación no se puede utilizar para reclamaciones relacionadas con operaciones de cuentas de gestión, operaciones con productos financieros sintéticos o no comerciales, tal como se describe en cláusula 16 de las Reglas y Directrices de la Comisión Financiera.

El Fondo de Compensación es financiado por la Comisión Financiera mediante la asignación del 10% de las cuotas mensuales de membresía al fondo, las cuales se mantienen en una cuenta bancaria separada y no pueden usarse para financiar operaciones u otras actividades de la organización.

El Fondo de Compensación sólo cubrirá sentencias de hasta 20,000 € por cliente de un Miembro.

Preguntas frecuentes de los miembros

La Comisión Financiera es una organización externa de resolución de disputas (EDR) para consumidores/comerciantes que no pueden resolver disputas con proveedores de servicios financieros que son miembros de la Comisión Financiera.

La Comisión Financiera se propuso proporcionar un nuevo enfoque para que tanto los comerciantes como los corredores resuelvan cualquier problema que surja durante el transcurso de las operaciones en el mercado Forex.

La Comisión Financiera atiende una amplia variedad de disputas de todos los valores monetarios. Damos voz a los operadores para que sientan un trato justo y brindamos a los corredores un medio para responder a cualquier queja que se haya presentado injustamente en su contra.

Unirse a la Comisión Financiera le permite gestionar eficazmente sus riesgos y satisfacer a sus clientes, asegurándoles que realizarán sus negocios en un entorno justo y equilibrado. Ser miembro de la Comisión Financiera le brinda la oportunidad de demostrar su compromiso con los más altos estándares de honorabilidad comercial y las mejores prácticas comerciales en la gestión de sus negocios.

Sus clientes tendrán acceso a personal independiente, experimentado y profesional para ayudarlos a resolver cualquier queja que puedan tener con usted.

Ser miembro también es una forma rentable de mitigar el riesgo reputacional, como las quejas de los operadores en foros que generan noticias y comentarios negativos. Al resolver la queja a través de un comité independiente e imparcial como la Comisión Financiera, reducirá los costos asociados con los litigios y aliviará el estrés y la dificultad que conlleva el proceso.

La Comisión Financiera fue creada para ser un comité neutral de terceros encargado de revisar y resolver de manera justa las quejas en un esfuerzo por facilitar una resolución más simple y rápida que a través de los reguladores de la industria y el sistema legal.

No es necesario estar regulado, pero deberá solicitar la membresía y aprobar una verificación de antecedentes. La membresía está sujeta a la aprobación de la Junta Directiva y el Departamento de Cumplimiento.

Para solicitar la membresía, complete la solicitud de membresía de la Comisión Financiera. Para recibir una copia de la solicitud por correo electrónico, envíela a: [email protected]
Una vez recibida su solicitud, la procesaremos en un plazo de 21 días hábiles. Recibirá una notificación de nuestra Junta Directiva y se le proporcionará su número de socio. Una vez aprobada, le enviaremos un paquete de bienvenida junto con su certificado de socio.
  • Todos los miembros potenciales deben presentar el formulario de solicitud de membresía de la Comisión Financiera.
  • Se requiere un compromiso mínimo de 1 año con la Comisión Financiera.
  • Una vez aprobada la solicitud de membresía, como nuevo miembro de la Comisión Financiera, deberá pagar sus cuotas de membresía.
    • Estas tarifas se deben pagar una vez aprobada su solicitud y se deben pagar por adelantado durante el primer año.
    • Después del primer año de membresía, las cuotas se pueden pagar semestralmente.
    • Para recibir por correo electrónico una copia de los términos de membresía, envíe su solicitud a: [email protected]
  • Pago de las Tarifas
    • Todas las tarifas deben abonarse mediante transferencia bancaria en euros (€). La Comisión no acepta tarjetas de crédito, cheques de empresa ni cheques personales. No se permiten pagos a terceros de ningún tipo.
  • Cuando la Comisión Financiera recibe una queja, el primer paso es asegurarse de que el reclamante se haya acercado al miembro para intentar resolverla a través del proceso de resolución de disputas internas del miembro.

    Las reglas de la Comisión Financiera establecen que cada miembro debe tener una persona de contacto para quejas y un Procedimiento de Resolución de Disputas Internas (IDR) establecido.

    Los Procedimientos de IDR exigen que se dé una respuesta sustancial a una queja lo antes posible, pero debe hacerse en un plazo de 10 días hábiles. Una respuesta sustancial deberá incluir:

    • Reconociendo la queja del cliente y
    • Cuando corresponda, ofrecer una compensación, o
    • Rechazar la queja, justificando la decisión.

    Si el cliente ha pasado por su procedimiento IDR y no está satisfecho con el resultado, tiene derecho a presentar una queja formal ante la Comisión Financiera.

Se presenta una queja ante el DRC. El DRC verificará que se hayan seguido los procedimientos adecuados y que el cliente haya intentado mediar la queja con el miembro primero. Si el miembro y el cliente no llegan a un acuerdo, la queja se presentará ante el DRC.

La DRC recopilará información tanto del miembro como del cliente para escuchar su justificación de por qué considera que la resolución debería ser a su favor.

Una vez que el DRC haya recopilado información de ambos lados, revisará la información proporcionada y, si necesita información adicional, se comunicará con el miembro o cliente para realizar preguntas de seguimiento.

Tras la revisión completa, el DRC emitirá una decisión. Esta decisión incluirá una descripción de la queja, una explicación detallada de las conclusiones del DRC, así como una decisión final y una resolución de la queja.

El proceso de toma de decisiones y la administración de la DRC son independientes de sus miembros y de los sectores de la industria que caen dentro de su jurisdicción y que proporcionan su financiamiento.

La República Democrática del Congo es:

  • Es totalmente responsable del manejo y determinación de las Quejas; y
  • Son responsables únicamente ante la Junta de la Comisión Financiera.

La Junta de la Comisión Financiera es responsable de supervisar las operaciones de la DRC, de garantizar la toma de decisiones independiente sobre todas las quejas y de preservar la integridad e independencia de la Comisión Financiera y de los procesos de resolución de disputas.

Para garantizar que la Comisión Financiera sea y siga siendo independiente de cualquier conflicto de intereses, el Consejo estará compuesto por:

  • Un Presidente independiente; y
  • No hay corredores miembros de la RDC

La Comisión Financiera y la DRC no están empleadas por ninguna agencia de corretaje financiero ni afiliadas a ninguna agencia reguladora en ninguna jurisdicción.

Si, como miembro de la DRC, usted no responde a una queja presentada ante la Comisión Financiera dentro de los 5 días, la DRC proporcionará una resolución sin su aporte, lo cual puede ser perjudicial para usted en su decisión final.

La decisión de la Comisión Financiera solo es vinculante para el reclamante si este la acepta. Si no la acepta, podrá interponer cualquier otro recurso disponible ante los tribunales o en cualquier otro foro.

La decisión de la Comisión Financiera es vinculante para sus miembros una vez que el reclamante haya aceptado la decisión de la Comisión Financiera.

El reclamante también firmará un documento vinculante declarando que acatará la decisión de la Comisión Financiera y que, en caso de recibir una indemnización, no tendrá derecho a reclamar la restitución ante ningún otro organismo legal o regulador.

Toda decisión de la Comisión Financiera es definitiva y vinculante para el Miembro. Ni el Demandante ni el Miembro podrán interponer recurso alguno, por lo que la decisión de la Comisión Financiera no será apelable. Un Miembro no podrá impugnar una Orden o un Laudo ante un tribunal judicial o arbitral, a menos que se presente nueva información que pueda afectar el resultado de la Demanda.

Si usted se niega a aceptar la decisión y/o cumplir la sentencia, se revisará su condición de miembro de la Comisión Financiera.

Cualquier problema que pueda tener con la Comisión Financiera que no esté relacionado con una decisión de queja puede llevarse al Presidente de la Junta Directiva de la Comisión Financiera para su evaluación.

Cualquier problema con una decisión del DRC debe ser apelado y manejado a través del Jefe del DRC como se indicó anteriormente.

Las quejas y decisiones se comunicarán al miembro y al demandante. Estas no se publicarán a menos que el miembro incumpla la sentencia.

Nota: La comisión puede publicar de vez en cuando quejas anónimas aleatorias con fines educativos y comparativos, eliminando cualquier información de identificación personal.

La Comisión Financiera atenderá quejas de cualquier valor monetario. Cualquier queja por un valor inferior a $250 será atendida por un miembro de la Comisión de Responsabilidad Fiscal (CRD). Cualquier queja por un valor superior a $1 será atendida por un mínimo de tres miembros de la CRD.

Sí, todas las quejas deben ser revisadas primero por el corredor antes de ser enviadas a la Comisión Financiera.

Si la comisión detecta un patrón de abuso por parte de un cliente en particular, intentará hablar con el cliente y el miembro para determinar la raíz del problema en cuanto a la naturaleza de las quejas constantes.

Además, la Comisión Financiera se reserva el derecho de rechazar futuras quejas si considera que el cliente está abusando del sistema.

El Fondo de Compensación funciona como una póliza de seguro para los clientes de los miembros. Este fondo se mantendrá en una cuenta bancaria separada y solo se utilizará si un miembro se niega a acatar una sentencia de la Comisión Financiera o si es expulsado de la Comisión Financiera sin pagar sus sentencias pendientes.

El Fondo de Compensación se financia mediante la Comisión Financiera, que destina el 10 % de las cuotas mensuales de los miembros. El Fondo de Compensación solo cubrirá sentencias de hasta 20,000 XNUMX € por cliente de cada miembro.

Este fondo se utilizará únicamente para una sentencia dictada por la Comisión Financiera. La totalidad de los clientes de un miembro no tiene derecho a recibir un pago del fondo de compensación. En caso de escasez de fondos debido a la cantidad de casos insatisfechos por parte de un concesionario miembro, el saldo actual del fondo se distribuirá equitativamente entre todos los demandantes.